26. Obligaciones de las Capitales / Regiones / Ciudades / Municipio Americanas del Deporte con respecto a ACES América.
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Las ciudades que sean distinguidas como Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte deberán asumir la responsabilidad que conlleve el reconocimiento. Los municipios galardonados se comprometen a dar cumplimiento al programa presentado durante la defensa de la candidatura a través de la realización de las acciones y actividades expuestas incluyendo, como mínimo, el compromiso de la realización de un congreso o competición de carácter internacional y a promocionar el deporte entre todos los estamentos de la sociedad con el objeto de plasmar de forma eficaz las diferentes vertientes de la política deportiva, como elemento de bienestar como herramienta de transformación social a través de las políticas públicas resaltando aspectos como la integración, equidad, igualdad y cohesión social asi como la colaboración privada, trabajando para que el deporte sea también motor de desarrollo económico y creación de empleo de las ciudades.
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La obtención del galardón de Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte conlleva también la obligación de elaborar una memoria de actividades al concluir el año del galardón. Dicha memoria deberá contener las actividades, eventos deportivos, el legado dejado como consecuencia del galardón y los principales cambios que hubieran tenido lugar en el municipio tras el año como Capital Americana del Deporte.
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Los municipios galardonados tendrán la facultad, no obligación, de proponer un municipio candidato a los galardones de Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte para el siguiente año disponible. El municipio propuesto deberá ser de un país diferente y cumplir los requisitos mínimos.
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Los municipios candidatos, una vez sean declarados ganadores del título, se comprometen, en caso de recibir el galardón, a firmar un convenio de patrocinio con ACES por los derechos de imagen del premio. A través de dicho convenio se determinará una cantidad a abonar a ACES en función del tamaño del municipio, procediendo dicha cuantía exclusivamente de patrocinadores y partners nunca de la contaduría municipal. Estos patrocinadores/partners ubicarán su logo debajo de la marca CAPITAL / CIUDAD / MUNICIPIO / REGIÓN en todas las comunicaciones. Cada municipio decidirá que beneficios y/o contrapartidas ofrece a los diferentes patrocinadores tales como espacios publicitarios en centros deportivos, soportes publicitarios en la ciudad, soportes digitales, comunicaciones de diferente índole etc. Todas las campañas publicitarias deben ir vinculadas o hacer referencia al galardón concedido. Las cuantías señaladas deberán estar abonadas antes de el 31 de diciembre del año previo del desarrollo de la candidatura.
Cuantía de patrocinadores (derechos de imagen):
| Tamaño | Derechos de imagen |
|---|---|
| CAPITAL-ISLAND +500k inh. | 38.000 € |
| 250.000+ hb | 15.000 € |
| 100.000+ hb | 10.000 € |
| 50.000-99.999 hb | 7.000 € |
| 25.000-49.999 hb | 5.000 € |
| 20.000-24.999 hb | 3.000 € |
| 19.999- hb | 1.500 € |
| Region 100+ municipalities | 38.000 € |
| Region -100 municipalities | 19.000 € |
Asimismo, ACES América procederá, si lo estima adecuado la ciudad o municipio galardonado, a la comunicación del premio a través de partners/patrocinadores en espacios publicitarios cedidos por el municipio y que quedarán determinados en el contrato en base también a la categoría del premio obtenido sin perjuicio de las acciones promocionales que Aces desarrollará entre toda la red de ciudades Aces, portal de Internet, redes sociales, encuentro internacionales etc.
A través de este convenio se garantiza la promoción de los patrocinadores locales, se fomenta la internacionalización de los mismos y se da viabilidad al Plan de Actividad de ACES Europe y ACES América en base al proyecto de Buena Gobernanza desarrollado durante 2014 a petición de la Unión Europea según el acuerdo número EAC-2013-0379.
Para el desarrollo de la explotación los galardonados podrán ceder espacios apropiados para la publicidad de los eventos en diferentes sedes que pueden contribuir a explotación de la imagen de marca como Capital Americana del deporte u otros galardones.
No obstante si la entidad que reciba el título opta por el pago con recursos propios podrá hacerlo sin necesidad de firmar el convenio de patrocinio quedando a criterio discrecional de la misma el modelo de abono de dichos derechos de imagen, ya sea a través de recursos públicos o mediante aportaciones privadas
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Establecimiento de una delegación de ACES América. La Capital Americana del Deporte podrá establecer una delegación de ACES América en su ciudad. Consistirá en la designación de un responsable, cuya misión será la promoción de candidaturas a los galardones de ACES América en los cuatro años siguientes, renovables automáticamente, así como formar parte de los Comités de Evaluación siempre que las circunstancias lo permitan. Y el Alcalde/sa de la Capital será automáticamente Presidente de Honor de ACES América durante un año, si lo considera oportuno.
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Los municipios galardonados, en conformidad con los compromisos adquiridos con cada uno de sus sponsors individuales, se comprometen a reconocer también a los patrocinadores de ACES América, dándoles visibilidad en sus canales de comunicación, y a insertar sus logotipos y diseños gráficos en todos los materiales desarrollados asociados a la candidatura y al galardón.