Reglamento General ACES América

Edición Julio 2026 · vigente desde el 18 de julio de 2026
Historial de cambios
  • Julio 2026 · 18 jul 2026Armonización del articulado y el Anexo VIII conforme a la consulta de decisiones de julio de 2026: sanción del Art. 27.2 (cuadro graduado del Anexo VIII); cuota de Ciudad 2.500 €; requisito de Capital «capital de país»; Comité de Evaluación de Capital 5-9 y de Comunidad-Isla y Ciudad 3-6; doce criterios (Anexo I); regla del 50 % trasladada al Art. 8; referencia del Art. 23.1 al artículo 5; corrección de menciones a Europa (Anexos IV, VI, VII y VIII); reposición del rótulo del Anexo V; corrección de erratas y unificación de «ACES América». Incorporación del Anexo X: Programa ACES de Impulso Internacional, Consultoría Técnica y Calidad Institucional (anexo al Artículo 26), aprobado en julio de 2026.Artículos afectados: Art. 27.2, 22, 16, 8, 23.1; Anexos I, IV, V, VI, VII, VIII, X
  • Mayo 2026 · 12 may 2026Añadida al Art. 26.4 la cláusula de pago con recursos propios (la entidad puede pagar los derechos de imagen con recursos públicos propios sin firmar el convenio de patrocinio) y la nota al pie de traducción del reglamento oficial europeo.Artículos afectados: 26.4
  • Enero 2026 · 1 ene 2026Edición inicial.
Índice

Título IV · Sobre la ciudad candidata

20. Sobre la hospitalidad de las ciudades.

De cara a evitar posibles conflictos de interés entre los miembros del Comité de Evaluación (ver artículo 12 del presente Reglamento), la organización de las visitas de las ciudades candidatas evitará realizar regalos que pudieran comprometer la objetividad e independencia de éstos. Por ello, este Reglamento establece que el municipio organizador no podrá realizar regalos a miembros del Comité de Evaluación, exceptuando detalles considerados de cortesía institucional que no deben superar los 100 USD de valor.

El hotel y las comidas de la Comisión de Evaluación estarán cubiertos por las ciudades candidatas. Un máximo de 5 billetes de avión para miembros del Board serán igualmente cubiertos por la capital candidata. En el caso de las candidatas Ciudades/Municipios/regiones serán cubiertos un máximo de 3 billetes de avión.

Referencias de este artículo

22. Pago del fee para poder optar a ser ciudad candidata.

  1. Las ciudades que deseen optar al galardón a Capital Americana del Deporte deberán aportar un fee de 12.000 EUROS o su equivalencia en USD a ACES América. Este fee deberá ser abonado con objeto de formalizar la candidatura antes del inicio de las visitas. Dicha cantidad podrá ser abonada por la Alcaldía o delegación correspondiente o a través de sponsors o patrocinadores quienes tendrán derecho a los beneficios señalados en el artículo 26 del presente Reglamento. Las candidatas a Ciudad Americana del deporte deberán abonar 2.500 EUR o equivalencia en USD y las candidatas a municipio Americano del deporte 1.000 EUR o equivalencia en USD. Las comunidades abonarán 1.000 EUR o su equivalencia en USD por municipio; aquellas de más de 500.000 habitantes abonarán 5.000 EUR o su equivalencia en USD. Las regiones deberán abonar en concepto de fee 12.000 EUR o equivalencia en USD si agrupan a más de 100 municipios y 6.000 EUR o equivalencia en USD si agrupan menos de 100 municipios.

  2. Una vez iniciado el proceso de presentación de la candidatura, tras el envío de la carta del alcalde/sa a ACES América las ciudades se comprometen a completar el proceso que conlleva la presentación de la candidatura, que concluye con la visita de los miembros del Comité y la entrega, en su caso, de los galardones.


Referencias de este artículo

Título V · Sobre el galardón

26. Obligaciones de las Capitales / Regiones / Ciudades / Municipio Americanas del Deporte con respecto a ACES América.

  1. Las ciudades que sean distinguidas como Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte deberán asumir la responsabilidad que conlleve el reconocimiento. Los municipios galardonados se comprometen a dar cumplimiento al programa presentado durante la defensa de la candidatura a través de la realización de las acciones y actividades expuestas incluyendo, como mínimo, el compromiso de la realización de un congreso o competición de carácter internacional y a promocionar el deporte entre todos los estamentos de la sociedad con el objeto de plasmar de forma eficaz las diferentes vertientes de la política deportiva, como elemento de bienestar como herramienta de transformación social a través de las políticas públicas resaltando aspectos como la integración, equidad, igualdad y cohesión social asi como la colaboración privada, trabajando para que el deporte sea también motor de desarrollo económico y creación de empleo de las ciudades.

  2. La obtención del galardón de Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte conlleva también la obligación de elaborar una memoria de actividades al concluir el año del galardón. Dicha memoria deberá contener las actividades, eventos deportivos, el legado dejado como consecuencia del galardón y los principales cambios que hubieran tenido lugar en el municipio tras el año como Capital Americana del Deporte.

  3. Los municipios galardonados tendrán la facultad, no obligación, de proponer un municipio candidato a los galardones de Capital/Región/Ciudad/Municipio Americano del Deporte para el siguiente año disponible. El municipio propuesto deberá ser de un país diferente y cumplir los requisitos mínimos.

  4. Los municipios candidatos, una vez sean declarados ganadores del título, se comprometen, en caso de recibir el galardón, a firmar un convenio de patrocinio con ACES por los derechos de imagen del premio. A través de dicho convenio se determinará una cantidad a abonar a ACES en función del tamaño del municipio, procediendo dicha cuantía exclusivamente de patrocinadores y partners nunca de la contaduría municipal. Estos patrocinadores/partners ubicarán su logo debajo de la marca CAPITAL / CIUDAD / MUNICIPIO / REGIÓN en todas las comunicaciones. Cada municipio decidirá que beneficios y/o contrapartidas ofrece a los diferentes patrocinadores tales como espacios publicitarios en centros deportivos, soportes publicitarios en la ciudad, soportes digitales, comunicaciones de diferente índole etc. Todas las campañas publicitarias deben ir vinculadas o hacer referencia al galardón concedido. Las cuantías señaladas deberán estar abonadas antes de el 31 de diciembre del año previo del desarrollo de la candidatura.

Cuantía de patrocinadores (derechos de imagen):

TamañoDerechos de imagen
CAPITAL-ISLAND +500k inh.38.000 €
250.000+ hb15.000 €
100.000+ hb10.000 €
50.000-99.999 hb7.000 €
25.000-49.999 hb5.000 €
20.000-24.999 hb3.000 €
19.999- hb1.500 €
Region 100+ municipalities38.000 €
Region -100 municipalities19.000 €

Asimismo, ACES América procederá, si lo estima adecuado la ciudad o municipio galardonado, a la comunicación del premio a través de partners/patrocinadores en espacios publicitarios cedidos por el municipio y que quedarán determinados en el contrato en base también a la categoría del premio obtenido sin perjuicio de las acciones promocionales que Aces desarrollará entre toda la red de ciudades Aces, portal de Internet, redes sociales, encuentro internacionales etc.

A través de este convenio se garantiza la promoción de los patrocinadores locales, se fomenta la internacionalización de los mismos y se da viabilidad al Plan de Actividad de ACES Europe y ACES América en base al proyecto de Buena Gobernanza desarrollado durante 2014 a petición de la Unión Europea según el acuerdo número EAC-2013-0379.

Para el desarrollo de la explotación los galardonados podrán ceder espacios apropiados para la publicidad de los eventos en diferentes sedes que pueden contribuir a explotación de la imagen de marca como Capital Americana del deporte u otros galardones.

No obstante si la entidad que reciba el título opta por el pago con recursos propios podrá hacerlo sin necesidad de firmar el convenio de patrocinio quedando a criterio discrecional de la misma el modelo de abono de dichos derechos de imagen, ya sea a través de recursos públicos o mediante aportaciones privadas

  1. Establecimiento de una delegación de ACES América. La Capital Americana del Deporte podrá establecer una delegación de ACES América en su ciudad. Consistirá en la designación de un responsable, cuya misión será la promoción de candidaturas a los galardones de ACES América en los cuatro años siguientes, renovables automáticamente, así como formar parte de los Comités de Evaluación siempre que las circunstancias lo permitan. Y el Alcalde/sa de la Capital será automáticamente Presidente de Honor de ACES América durante un año, si lo considera oportuno.

  2. Los municipios galardonados, en conformidad con los compromisos adquiridos con cada uno de sus sponsors individuales, se comprometen a reconocer también a los patrocinadores de ACES América, dándoles visibilidad en sus canales de comunicación, y a insertar sus logotipos y diseños gráficos en todos los materiales desarrollados asociados a la candidatura y al galardón.

28. Estar conectados.

Para tener una red más activa con las antiguas ciudades premiadas, como opcional, existe la posibilidad de estar conectado y formar parte de la red con los nuevos miembros a través de:

1.- Recibiendo las últimas actualizaciones: congresos, actividades, concursos, convocatoria de propuestas de subvenciones.

2.- Derecho a seguir utilizando la etiqueta durante los próximos años.

Cuota Anual de:

  • Municipios: 500€
  • Ciudades y Comunidades/Islas/Regiones: 1.000€
  • Capitales: 2.000€

*El reglamento es una traducción con adaptaciones terminológicas del reglamento oficial que se encuentra en https://aceseurope.eu


Cuotas, plazos y requisitos

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